Según Elías Matta, Giorgio Cunto y José Ignacio Hernández, lo que debe ocurrir es la sanción de una nueva ley y la reinstitucionalización del país
Por La Hora de Venezuela
En el contexto de la detención de Nicolás Maduro y Cilia Flores, tras una operación militar de Estados Unidos y el tutelaje de la administración de Donald Trump sobre la presidencia encargada de Venezuela, la Asamblea Nacional (AN) aprobó en primera discusión la Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, propuesta por el Ejecutivo que encabeza Delcy Rodríguez.
De acuerdo con el proyecto de ley distribuido entre los diputados, apenas horas antes de la primera discusión en plenaria que se dio este 22 de enero, la reforma consta de 18 artículos que incluye la incorporación de tres disposiciones transitorias.
Los cambios son importantes, pero insuficientes para atraer grandes inversiones y desarrollar la industria petrolera nacional, advierten expertos consultados por Efecto Cocuyo. Lo que debe ocurrir tarde o temprano, enfatizaron, es la sanción de una nueva ley y la reinstitucionalización del país.
¿Qué representan los cambios al texto legal en la situación actual del país? ¿Cuál es el objetivo y las implicaciones? ¿De qué tratan los cambios? ¿Responden al acuerdo petrolero con EEUU? ¿Atrae a grandes inversiones? ¿Qué falta para llegar a una industria petrolera recuperada y modernizada?
Opacidad y falta de consulta
“El hecho de que se esté discutiendo un proyecto sin que se conozca de antemano su contenido ya denota una falla grave de transparencia, que es propia de la opacidad con la cual estos temas han sido tratados en el pasado y, por supuesto, contradice las exigencias de reinstitucionalización que requiere el país en este momento”, señaló el abogado constitucionalista José Ignacio Hernández.

Elías Matta, experto en Derecho Administrativo y petróleo, además de exdiputado de la AN, y Giorgio Cunto, economista, coinciden en que, pese a la reforma que es significativa, se requiere una nueva Ley Orgánica de Hidrocarburos con reglas claras para la inversión privada y que sea producto de una consulta con todos los sectores involucrados.
“Pero, además de eso es necesario restablecer el Estado de Derecho, garantías de los derechos de propiedad, establecer controles efectivos sobre la discrecionalidad del gobierno, reconstruir la capacidad estatal, hacer inversiones en el sector eléctrico, en transporte. Es mucho más complejo que reformar la ley, pero es un primer paso”, sostuvo Hernández.
Aunque el gobierno encargado de Delcy Rodríguez ni la AN con Jorge Rodríguez lo admitan públicamente, los cambios a la Ley de Hidrocarburos tienen como contexto el acuerdo en materia energética anunciado por Trump el 6 de enero. Según el mandatario republicano, estaba planteada la venta de entre 30 y 50 millones de barriles de crudo a EEUU a precios de mercado. Acotó que los ingresos se depositarán en cuentas controladas por Washington y que los fondos beneficiarán al pueblo venezolano.
El pasado 13 de enero, la portavoz de la Casa Blanca, Karoline Leavitt, informó que EEUU y Venezuela cerraron una primera venta de 31 millones de barriles por 500.000 millones de dólares, de los cuales el país recibió 300 millones de dólares, vía Qatar, que se han usado para estabilizar el mercado de divisas. Trump aseguró este 22 de enero que el crudo recibido desde Venezuela alcanza más de 50 millones de barriles de petróleo.
El grupo parlamentario Libertad (UNT, Unión y Cambio, Lápiz y Fuerza Vecinal) reclamó lo tardío que les entregaron el texto, lo que obstaculizó una adecuada revisión antes de su entrada a la Cámara y el necesario consenso por tratarse de una materia trascendental para el país. Por esa razón, la fracción salvó el voto en la aprobación en primera discusión.
“En el proyecto de ley hay ambigüedades; lo que genera dudas en procedimientos contractuales y jurídicos. Persiste un alto grado de discrecionalidad por parte del Ejecutivo, por lo que en este aspecto no cambió mucho respecto de la Ley de Hidrocarburos vigente”, advirtió de entrada Cunto.

¿Mayor seguridad jurídica?
El artículo 2 de la reforma parcial introduce en la ley un nuevo artículo 8, según el cual las “dudas y controversias de cualquier naturaleza que puedan suscitarse con motivo de la realización de actividades objeto de esta Ley, y que no puedan ser resueltas amigablemente por las partes, podrán ser decididas por los Tribunales competentes de la República o mediante mecanismos alternativos de resolución de controversias, incluyendo mediación y arbitrajes independientes”.
Para Matta, se trata de un avance en materia de seguridad jurídica por cuanto las empresas podrán tener la posibilidad de discutir en un espacio donde haya por lo menos un mayor equilibrio en las decisiones sobre las controversias más allá de los tribunales nacionales, cosa que no ocurrió tras las expropiaciones del gobierno de Hugo Chávez.
Para Cunto, debió especificarse más si se permite o no el arbitraje internacional o la intervención del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias (Ciadi), algo que prohíbe la legislación vigente, aprobada por Chávez mediante decreto en 2001 y reformada por la AN en 2006 y que dio origen a muchas demandas contra la República debido a las expropiaciones.
“Son enmiendas para facilitar la acción de las empresas petroleras que operan aquí, pero no cambia la filosofía del Estado venezolano. Permite mayor capacidad de maniobra para las empresas que buscan un rápido retorno de su capital con inversiones puntuales, pero no atrae a los grandes”, dijo Cunto.
Durante la reunión entre Trump y grandes petroleras del mundo, el 9 de enero, la ExxonMobil advirtió al mandatario norteamericano que sin cambios estructurales no era viable invertir en Venezuela. El CEO de ExxonMobil, Darren Woods, enfatizó en protecciones duraderas para la inversión.
“El gran problema, desde el punto de vista jurídico, es la desconfianza de la inversión extranjera por las políticas predatorias que ejerció el gobierno, tanto de Chávez como de Maduro. La única manera de generar confianza es con reglas muy claras que asignen derechos contractuales con claridad, derechos estables, predecibles, que puedan ser garantizados por un tribunal o una corte”, apuntó Hernández.
Recalcó que el proyecto de ley no cumple ese objetivo y consideró que es un intento de “conciliar el legado de Chávez” con la apertura de la industria petrolera al sector privado, cuyo resultado es un marco regulatorio “confuso” sin reglas claras.
Persisten limitaciones a privados
El artículo 22 de la ley vigente señala que el Estado tiene una participación accionaria mayor de 50% en las empresas mixtas. En la reforma parcial dicho artículo sufre modificación y pasa a ser el artículo 23, con el cual la República mantiene una mayoría accionaria que le otorgue el control, pero sin precisión del porcentaje.
Asimismo, la modificación abre las actividades primarias (exploración de yacimientos de hidrocarburos, extracción, recolección, transporte y almacenamiento) a empresas privadas domiciliadas en Venezuela, en el marco de contratos suscritos con empresas de exclusiva propiedad de la República o sus filiales.
“Algo importante es que se mantienen las empresas mixtas, pero el Estado sigue con mayoría accionaria. En nuestra propuesta de ley de 2019 (UNT-AN 2015) planteamos que el privado pudiera llegar a tener hasta 100% de las acciones. Se incluyen los contratos de producción productiva (CPP), que es una modalidad donde el Estado no invierte, sino que el privado hace las inversiones que se necesitan para recuperar esos campos y luego se le paga esa inversión mediante barriles de petróleo. Es una modalidad que funciona, pero definitivamente se quedaron limitados en el tema del sector privado. Han debido avanzar más, abrir más la posibilidad de que el privado participe en las empresas mixtas”, sostuvo Matta.
Sin embargo, el expresidente de la Comisión de Energía y Petróleo de la AN de 2015 considera positivo que en la reforma se abra la posibilidad de que el privado pueda comercializar directamente su cuota aparte, así como el hecho de que se disminuya la regalía, dependiendo de la inversión.
“No cambia el andamiaje”
El nuevo artículo 36 que introduce la reforma parcial, el Ejecutivo puede autorizar al accionista con participación minoritaria de una empresa mixta, para realizar la comercialización directa de la totalidad o una cuota de la producción de la empresa mixta y abrir y gestionar cuentas bancarias en cualquier moneda y jurisdicción, para el uso y administración de los fondos. Asimismo, ejercer la gestión técnica y operativa de la sociedad directamente o mediante un prestador de servicios.
Sobre la disminución de la regalía, el artículo 44 vigente establece una regalía base de 30% para el Estado por los volúmenes de hidrocarburos extraídos que pueda rebajarse a un máximo de 20%. En la reforma, pasa a ser el artículo 52 y dicha regalía puede bajarse hasta 20% en contratos con privados y 15% en empresas mixtas, en caso de que se demuestre que un proyecto de explotación de un yacimiento no es económicamente explotable con la regalía de 30% para el Estado.
El numeral cuatro del artículo 56, que sustituirá al artículo 48 de la ley aún vigente, indica que el impuesto de extracción mantiene la base de un tercio del valor de todos los hidrocarburos líquidos extraídos de cualquier yacimiento, pero se puede reducir hasta 20% en contratos con privados y 15% para empresas mixtas, justificado por las condiciones de mercado, como incentivo o poca rentabilidad. El límite actual es de 20%.
“Si bien se flexibiliza el tema de las regalías, se mantiene en pie la estructura impositiva; la reforma se queda corta. Mejora las facilidades operativas, pero no cambia el andamiaje, no es una reforma sustancial y favorece a empresas que operan a corto plazo, pero no es un atractivo para las grandes como la Exxon. Hay cierta apertura, obligada por la coyuntura, pero no son grandes cambios”, insistió Cunto.
Otra “laguna” de la reforma parcial, de acuerdo con Matta, es que contempla la derogación parcial de algunas leyes. En la disposición derogatoria única se mencionan expresamente la Ley de Regularización de la Participación Privada en las Actividades Primarias (decreto 2006); la Ley Orgánica que reserva al Estado bienes y servicios conexos a las actividades primarias de Hidrocarburos (2009) “y cualquier otra ley” que colide con la reforma. El exdiputado señaló que esto requiere mayores precisiones.
¿Cómo queda el rescate de la producción y de la industria?
De acuerdo con la reforma parcial defendida por el chavismo, ya no se requiere autorización de la AN para la constitución de las empresas mixtas como lo establece el artículo 33 vigente. En el nuevo artículo 34 planteado que lo sustituye el Ejecutivo solo debe notificar al Parlamento.
Para los consultados, el rescate de la producción de crudo en Venezuela y de la industria petrolera en general aún queda lejos, a partir de la reforma que evalúa el Parlamento.
“La situación de Pdvsa es muy difícil, tiene un alto monto en deuda. Se convirtió en una empresa que lamentablemente no paga en los campos que son manejados por ella directamente y que además presentan un alto deterioro por falta de mantenimiento. El Estado es dueño de todo, tenemos unos impuestos altísimos, pero el problema es que no producimos los barriles y si no se produce no hay dinero para el Estado, así de sencillo; y por eso se necesita a los privados y bajar esa carga impositiva que sigue siendo alta”, subrayó Matta.
Para 2013, Venezuela mantenía una producción de 3 millones de barriles diarios. El exministro del Petróleo, Rafael Ramírez, señala que, de 12.000 pozos perforados en la Faja del Orinoco, solo 3.200 están operativos y produciendo unos 600.000 barriles diarios de crudo. Durante la presentación de la Memoria y Cuenta ante la AN, la presidenta encargada, Delcy Rodríguez, aseguró que para el mes de diciembre de 2025 Pdvsa alcanzó 1.200.000 barriles de producción.

Delcy Rodríguez destacó, durante su presentación del 15 de enero, que la reforma parcial de la Ley Orgánica de Hidrocarburos incorpora el modelo Chevron (transferencia de derechos y actividades de las filiales de Pdvsa a empresas privadas) y otros esquemas productivos contemplados en la Ley Antibloqueo, con el objetivo de blindar las inversiones y permitir la incorporación de nuevos flujos de capital.
“La reforma de ley formaliza principios de la Ley Antibloqueo caracterizada por la opacidad y discrecionalidad del Estado en el manejo de los contratos. No hay certezas a largo plazo, por lo que creo que aún está lejos la reactivación de la industria. Alcanzar una producción más allá del millón de barriles diarios requiere una inversión de capital sustancial a largo plazo y regresar al pico de tres millones es inalcanzable al menos en una década”, advirtió Cunto.
Recordó además que el contexto global no es favorable para Venezuela debido a que hay gran cantidad de oferentes de petróleo entre los actuales productores y nuevos, como Guyana que creció en producción de petróleo mientras el país la iba perdiendo.
“Venezuela además de tener competencia presenta más riesgos y mucha incertidumbre. No es un faro que atraiga inversiones, por lo que debe adecuar su institucionalidad más allá de reformas puntuales”, agregó el economista.
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